Resolución N.° 010305222020

6 de agosto de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00477-2020-JUS/TTAIP de fecha 25 de junio de 2020, interpuesto por ALEJANDRA BETZABETH FAJARDO LUIS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA con Registro N° 1753 de fecha 8 de junio de 2020.
Con fecha 8 de junio de 2019 la recurrente solicitó a la entidad “copia de las grabaciones de las videocámaras de vigilancia de la garita de control de acceso al Balneario de Punta Hermosa ubicados en la Avenida García Rada correspondiente al día viernes 22 de mayo de 2020”.
Con fecha 25 de junio de 2020 la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 0101046920201 se admitió a trámite el recurso impugnatorio presentado por la recurrente, solicitando a la entidad la remisión de sus descargos, sin que hasta la fecha haya llegado alegato alguno



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