Resolución N.° 010304862020

31 de julio de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00381-2020-JUS/TTAIP de fecha 6 de marzo de 2020, interpuesto por JESÚS LEONARDO MELCHOR VERA VILLENA, contra la comunicación emitida por la entidad mediante correo electrónico de fecha 5 de marzo de 2020, mediante el cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO, denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 24 de febrero de 2020.
Con fecha 24 de febrero de 2020, el recurrente solicitó a la entidad que le informe el costo de la copia certificada por folio de un expediente tributario coactivo.
Mediante correo electrónico de fecha 5 de marzo de 2020, la entidad atendió la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, comunicándole que la Gerencia de Administración Tributaria informa que el contenido de su solicitud no se ajusta a información que pueda ser objeto de información pública, y que lo solicitado puede encontrarlo en la página web de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco – www.munisurco.gob.pe Portal Tributario – Guía Tributaria – TUPA.
Con fecha 6 de marzo de 2020, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la respuesta brindada por la entidad no se ajusta a la Ley de Transparencia.
Mediante el Oficio N° 372-2020-SG-MSS, recibido por esta instancia el 31 de julio de 2020, la Secretaría General de la entidad remitió el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública1 y, brindó sus descargos señalando que lo solicitado por el recurrente no es materia de atención

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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