Resolución N.° 005104-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de diciembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04787-2024-JUS/TTAIP de fecha 11 de noviembre de 2024, interpuesto por MIGUEL ÁNGEL ALVAREZ SERNAQUE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con fecha 14 de octubre de 2024 registrada con Expediente N°515667.
Con fecha 14 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad en copias simples y que se remitan en PDF a su correo electrónico, la siguiente información:
“Copias simples de todo lo actuado de los expedientes tramitados en centro de conciliación “Pillco Mozo” del distrito de Ate, que dirige el conciliador extrajudicial Donato Fernández Lucas y son las siguientes:
1. Copia de todo lo actuado en el expediente # 003 – 2023, donde figuro como invitado, tramitado ante el referido centro de conciliación.
2. Copia de todo lo actuado del expediente 035- 2024, donde también figuro como invitado, tramitados ante el referido centro de conciliación (sic)”.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004569-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 14 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad en copias simples y que se remitan en PDF a su correo electrónico, la siguiente información:
“Copias simples de todo lo actuado de los expedientes tramitados en centro de conciliación “Pillco Mozo” del distrito de Ate, que dirige el conciliador extrajudicial Donato Fernández Lucas y son las siguientes:
1. Copia de todo lo actuado en el expediente # 003 – 2023, donde figuro como invitado, tramitado ante el referido centro de conciliación.
2. Copia de todo lo actuado del expediente 035- 2024, donde también figuro como invitado, tramitados ante el referido centro de conciliación (sic)”.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004569-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala