Resolución N.° 004803-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
29 de noviembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04503-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de octubre de 2024, interpuesto por MARIA ELENA MUÑOZ VILLALOBOS contra la Nota Informativa N° D000366-2024-DGIESP-DPCTB-MINSA de fecha 25 de setiembre de 2024, mediante la cual el MINISTERIO DE SALUD atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 6 de setiembre de 2024, registrada con Expediente N° 2024 – 0213181.
Con fecha 6 de setiembre de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Me brinde toda la información solicitada a la Dirección de Tratamiento de la Región Lima del I.N.P.E sobre la solicitud presentada con fecha 15 de diciembre del 2023, registro N° 124351, a efectos de que se realice una Junta Médica a favor del interno José Roberto Saavedra Muñoz, interno del penal de Ica, pabellón 8- que ha recaído hasta en tres oportunidades por la enfermedad de la T.B.C y que motivó la referida solicitud por nuevos síntomas que hacían presumir de nuevo contagio al interno, cuyos resultados no han sido notificados hasta la fecha como corresponde de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 1, 2° inciso 20) que contiene el denominado derecho de petición que se realiza por escrito.
Con fecha 6 de setiembre de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Me brinde toda la información solicitada a la Dirección de Tratamiento de la Región Lima del I.N.P.E sobre la solicitud presentada con fecha 15 de diciembre del 2023, registro N° 124351, a efectos de que se realice una Junta Médica a favor del interno José Roberto Saavedra Muñoz, interno del penal de Ica, pabellón 8- que ha recaído hasta en tres oportunidades por la enfermedad de la T.B.C y que motivó la referida solicitud por nuevos síntomas que hacían presumir de nuevo contagio al interno, cuyos resultados no han sido notificados hasta la fecha como corresponde de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 1, 2° inciso 20) que contiene el denominado derecho de petición que se realiza por escrito.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala