Resolución N.° 004828-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

2 de diciembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 04399-2024-JUS/TTAIP de fecha 14 de octubre de 2024, interpuesto por CARLO MANUEL NAVARRETE VALDERRAMA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCCIÓN con fecha 14 de agosto de 2024.

Con fecha 14 de agosto de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Solicito la Licencia de Operación Pesquera Artesanal de Cristhian Javier Reyes Figueroa, planta para procesamiento de erizo de mar, local ubicado en AAPITAC Lote 06 Mz D Zona B Calle Artesanal Turística B, Distrito de Pocollay, Provincia y Departamento de Tacna. Dicha información obra en la Dirección Regional de la produccion.”
Con fecha 14 de octubre de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 004112-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriéndose a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no han sido alcanzados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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