Resolución N.° 004169-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03770-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de setiembre de 2024, interpuesto por JOANNA GARAY GONZALES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO PÚBLICO – DISTRITO FISCAL DE LAMBAYEQUE con fecha 7 de agosto de 2024, registrado con código de solicitud kx0h9vp9q.
Con fecha 7 de agosto de 2024, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico lo siguiente:
“solicito los exámenes de conocimientos de donde contenga las preguntas y respuestas correspondientes a todos los procesos de admisión y ascenso en todos los regímenes laborales para la postulación de su entidad, de los últimos 10 años”
(sic).
Con fecha 3 de setiembre de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003540-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 4 de setiembre de 2024, notificada a la entidad en fecha 2 de octubre de 2024, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Con fecha 7 de agosto de 2024, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico lo siguiente:
“solicito los exámenes de conocimientos de donde contenga las preguntas y respuestas correspondientes a todos los procesos de admisión y ascenso en todos los regímenes laborales para la postulación de su entidad, de los últimos 10 años”
(sic).
Con fecha 3 de setiembre de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003540-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 4 de setiembre de 2024, notificada a la entidad en fecha 2 de octubre de 2024, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala