Resolución N.° 000209-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
13 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04852-2024-JUS/TTAIP de fecha 18 de noviembre de 2024, interpuesto por JORGE HÉCTOR EGOCHEAGA DE LA FUENTE CHÁVEZ contra el Informe N° 000007-2024-CEU-AU-OCPTAUCU/UNMSM de fecha 13 de noviembre de 2024, mediante el cual la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS dio atención a la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 28 de octubre de 2024, con registro de expediente UNMSM-20240108345
Con fecha 28 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad, remita la siguiente información:
“(…) todos los gastos general que incluyen en detalle individual: pagos a personas naturales y jurídicas, compras de muebles e inmuebles, asesorías, viáticos, etc. Así como los montos totales por partidas en que incurrió el Comité Electoral que tuvo a cargo las elecciones fallidas del presente año 2024, desde el momento de su nombramiento hasta el momento de su renuncia”. (sic)
Con fecha 28 de octubre de 2024, el recurrente solicitó a la entidad, remita la siguiente información:
“(…) todos los gastos general que incluyen en detalle individual: pagos a personas naturales y jurídicas, compras de muebles e inmuebles, asesorías, viáticos, etc. Así como los montos totales por partidas en que incurrió el Comité Electoral que tuvo a cargo las elecciones fallidas del presente año 2024, desde el momento de su nombramiento hasta el momento de su renuncia”. (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala