Resolución N.° 000137-2025-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
8 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04635-2024-JUS/TTAIP de fecha 30 de octubre de 2024, interpuesto por FLOR FABIOLA ZAVALETA PELAEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO con fecha 9 de octubre de 2024, registrada con Expediente N° E2463056.
Con fecha 9 de octubre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información:
“COPIA FEDATEADA DEL MEMORANDO N° 437-2024-SG/MDC DERIVADA A LA SUB GERENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTAL, RECEPCIONADA POR LA MISMA” (sic)
El 30 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 005023-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 9 de octubre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información:
“COPIA FEDATEADA DEL MEMORANDO N° 437-2024-SG/MDC DERIVADA A LA SUB GERENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTAL, RECEPCIONADA POR LA MISMA” (sic)
El 30 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 005023-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala