Resolución N.° 000332-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

17 de enero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 00010-2024-PAD-JUS/TTAIP de fecha 3 de diciembre de 2024, interpuesto por JULIA CONSTANTINA ENRIQUEZ LIZARRAGA contra la Resolución Directoral Nº 06361-2024-UGEL07 de fecha 28 de agosto de 2024, a través de la cual UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N° 07 declaró improcedente su recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 05556-2024-UGEL07 de fecha 15 de julio de 2024, por la cual se le impuso la sanción de suspensión sin goce de haber por sesenta (60) días, en calidad de Directora de la Institución Educativa N° 6085 “Brígida Silva de Ochoa”.

Mediante la Resolución Directoral N° 05556-2024-UGEL07 de fecha 15 de julio de 2024, notificada el 16 de julio de este año, la entidad resolvió acumular los procedimientos administrativos sancionadores instaurados a la recurrente y le impuso la sanción de suspensión sin goce de haber por sesenta (60) días por los siguientes hechos investigados: i) haber omitido responder dentro del plazo legal a la solicitud de copia del reglamento interno de su institución educativa correspondiente al 2023, subsumiendo dicha conducta en la falta grave prevista en los numerales 3 y 11 del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Transparencia; y, ii) haber omitido responder dentro del plazo legal a la solicitud de la administrada Mónica Maritza Martínez Begazo, subsumiendo dicha conducta en la falta grave prevista en el numeral 3 del artículo 33 del Reglamento de la Ley Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 000332-2025-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

Resolución N° 000332-2025-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

PDF
305.5 KB