Resolución N.° 010306762019

24 de octubre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación N° 00392-2018-JUS/TTAIP de fecha 29 de octubre de 2018, interpuesto por OSCAR ALFREDO PAJUELO GONZALEZ contra el correo electrónico de fecha 25 de octubre de 2018 emitido por el BANCO DE LA NACIÓN que denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada vía correo electrónico de fecha 11 de octubre de 2018.

Con fecha 11 de octubre de 2018, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó al Banco de la Nación, copia certificada de la siguiente información: “1. Memorando EF/92.2652 N* 229- 2013-División Infraestructura; 2. Informe Técnico Especial N* 001-2013- División Infraestructura denominado ‘Estimacién de Valores Referenciales del Proyecto Nueva Sede Banco de la Nacion'; 3. Carta de Aprobación N* 050623- 2013, conformidad del servicio emitida por la División de Infraestructura y entregable generado por la empresa Cesel; 4. Carta de Aprobación N* 050624- 2013, conformidad del servicio emitida por la División de Infraestructura y entregable generado por la empresa Cesel; 5. Informe EF/92.2336 N* 00000304-2019 del 21.08.2018; y 6. Informe EF/92.2336 N* 307-2018 de agosto de 2018”.

Con fecha 25 de octubre de 2018, la entidad mediante correo electrónico dio respuesta al recurrente, poniendo a disposición el costo de reproducción por la copia certificada del Memorando EF/92.2652 N* 229-2013 y las Cartas de Aprobación Ns* 050623-2013 y 050624-2013; además indicó que los entregables de dichas cartas y el Informe Técnico Especial N* 001-2013 no se ha evidenciado en sus archivos, y finalmente negó el acceso a la información contenida en los informes EF/92.2336 N* 00000304- 2019 y EF/92.2336 N* 307-2018, por contener información confidencial en virtud al numeral 4 del artículo 17* del Texto Único Ordenado de la Ley N* 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N* 043-2003-PCM'.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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