Resolución N.° 010310122020

17 de diciembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00135-2018-JUS/TTAIP de fecha 25 de mayo de 2018, interpuesto por el CONSORCIO XIMESA, contra el Oficio N° 347-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED-OGA-UTDA de fecha 23 de mayo de 2018, mediante el cual el PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA - PRONIED atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 20365-2018 de fecha 8 de mayo de 2018.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 8 de mayo de 2018, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia de la siguiente documentación:
“- Solicitud de ampliación de plazo (Carta s/n de fecha 23 de enero de 2018 presentada por el Consorcio XIMESA).
- Informe N° 012-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED-UGME-EMBS, de fecha 01 de febrero de 2018.
- Informe N° 077-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED-OGA-UA-CEC de fecha 06 de febrero de 2018.
- Carta N° 99-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA de fecha 06 de febrero de 2018.
- Informe N° 156-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de fecha 21 de febrero de 2018.
- Resolución Directoral Ejecutiva N° 022-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED de fecha 21 de febrero de 2018.
- Informe N° 149-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-UGME.
- Informe N° 222-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED-OGA-UA-CEC de fecha 16 de marzo de 2018.
- Carta N° 228-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA de fecha 16 de marzo de 2018.

Informe Legal externo del estudio ECHECOPAR de fecha 13 de marzo de 2018, de manera completa, sin tachaduras o sombreados.”
Mediante el Oficio N° 347-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED-OGA-UTDA de fecha 23 de mayo de 2018, la entidad atendió dicho requerimiento de información, señalando que conforme al Memorándum N° 214-2018-MINEDU/VMG/PRONIED/OGA-UA, la información referida al “Informe Legal Externo del estudio ECHECOPAR de fecha 13 de marzo de 2018”1 es confidencial de acuerdo a lo establecido “en el numeral 3, del articulo 17 del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, efectuando la entrega de dicha información de manera parcial en aplicación al artículo 19 de la citada norma.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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