Resolución N.° 000165-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

10 de enero de 2025

VISTO el Expediente de Apelación N° 04784-2024-JUS/TTAIP de fecha 11 de noviembre de 2024, interpuesto por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL “JORGE CHAVEZ” representado por el ciudadano Julio César Paredes Quispe, en su calidad de presidente, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA de fecha 28 de agosto de 2024, con expediente N° 0060300-2024.
Con fecha 28 de agosto de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente
información a su correo electrónico:
“1. Se nos informe documentalmente sobre cuales han sido las razones técnicas, en mérito del cual su entidad ha incrementado para el año 2024, el valor del impuesto predial de mi representada ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL “JORGE CHAVEZ”, así como el valor de los arbitrios en la suma total y excesiva de S/. 86,092 (Ochenta y Seis Mil Noventaidos soles)
2. De otro lado, solicitamos se nos entregue también documentalmente, los informes técnicos, con el cual se ha determinado la fórmula y metodología empleada para que vuestra entidad, haya incrementado el valor del impuesto predial y arbitrios, durante los años 2017-2021-2022-2023, que justifiquen su incremento de acuerdo al cuadro comparativo que se adjunta, el cual consideramos desproporcionado

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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