Resolución N.° 000128-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
8 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04709-2024-JUS/TTAIP de fecha 06 de noviembre de 2024, interpuesto por la GERMAN ESPINOZA ARONI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la FUERZA AÉREA DEL PERÚ de fecha 20 de septiembre de 2024.
Con fecha 20 de septiembre de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
“(…)
Al respecto, habiendo transcurrido tiempo razonable y teniendo conocimiento que existen procedimientos internos para el pago de Sentencias Judiciales, solicito a Ud. Señor Director de Información, se me proporcione la documentación respectiva que señale los trámites administrativos internos realizados por la Fuerza Área del Perú, donde se determine la actual situación de lo dispuesto por el Octavo Juzgado Comercial de Lima. [Oficio Exp. 06682-2016-30-0-1817-JR-CO-08 del 30-12-2021]”.
Con fecha 06 de noviembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004590-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 19 de noviembre de 2024, se admitió el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, al momento de emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Con fecha 20 de septiembre de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
“(…)
Al respecto, habiendo transcurrido tiempo razonable y teniendo conocimiento que existen procedimientos internos para el pago de Sentencias Judiciales, solicito a Ud. Señor Director de Información, se me proporcione la documentación respectiva que señale los trámites administrativos internos realizados por la Fuerza Área del Perú, donde se determine la actual situación de lo dispuesto por el Octavo Juzgado Comercial de Lima. [Oficio Exp. 06682-2016-30-0-1817-JR-CO-08 del 30-12-2021]”.
Con fecha 06 de noviembre de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004590-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 19 de noviembre de 2024, se admitió el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, al momento de emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala