Resolución N.° 000050-2025-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de enero de 2025
VISTO el Expediente de Apelación N° 04663-2024-JUS/TTAIP de fecha 31 de octubre de 2024, interpuesto por FLORENTINO ANGEL CHAMBILLA AYHUASI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA, con fecha 10 de octubre de 2024.
Con fecha 10 de octubre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a traba es de su correo electrónico la siguiente información:
“COPIA SIMPLE O AUTENTICADA DEL PLANO DE LOTIZACION DEL AAHH SANTISIMA CRUZ DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA” [sic]
Con fecha 31 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004538-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 12 de noviembre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
En atención a ello, mediante el OFICIO N° D000051-2024-SG-MDI, ingresado a esta instancia con fecha 10 de diciembre de 2024, la entidad remitió el expediente administrativo requerido y precisó haber brindado la información solicitada al recurrente.
Con fecha 10 de octubre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a traba es de su correo electrónico la siguiente información:
“COPIA SIMPLE O AUTENTICADA DEL PLANO DE LOTIZACION DEL AAHH SANTISIMA CRUZ DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA” [sic]
Con fecha 31 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004538-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 12 de noviembre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
En atención a ello, mediante el OFICIO N° D000051-2024-SG-MDI, ingresado a esta instancia con fecha 10 de diciembre de 2024, la entidad remitió el expediente administrativo requerido y precisó haber brindado la información solicitada al recurrente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala