Resolución N.° 010309062020

18 de noviembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 01090-2020-JUS/TTAIP de fecha 7 de octubre de
2020, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra las Cartas N°
236-2020-SUNARP-OGA y N° 237-2020-SUNARP-OGA de fecha 2 de octubre 2020,
mediante las cuales la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS
PÚBLICOS - SUNARP denegó las solicitudes de acceso a la información pública
presentadas por el recurrente de fecha 18 de setiembre de 2020.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de setiembre de 2020 el recurrente presentó dos solicitudes de acceso
a la información pública las cuales tienen el mismo contenido1, requiriendo en CD “-
Expediente del nombramiento actual del funcionario Hugo Jorge Espinoza Rivera. -
Legajo del funcionario Hugo Jorge Espinoza Rivera. - Expedientes de
nombramientos, designaciones o concursos en los que haya participado el Sr. Hugo
Jorge Espinoza Rivera”.

Mediante las Cartas N° 236-2020-SUNARP-OGA y N° 237-2020-SUNARP-OGA de
fecha 2 de octubre 2020 la entidad señala que “(…) Memorándum N° 809-2020-
SUNARP/OGRH, el cual fundamenta la atención parcial de lo solicitado”, siendo que
dicho Memorándum refiere que “- la información concerniente al legajo personal del
mencionado servidor se circunscribe dentro de uno de los supuestos de excepción
para acceder a información pública, al constituir una información confidencial según
lo previsto en el numeral 5 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. – Respecto a las designaciones, concursos y
asignaciones de funciones del referido trabajador, para la atención deberá
disgregarse aquella información que pueda involucrar la esfera de la intimidad del
servidor, según lo establece el numeral 5 del artículo 17 del TUO de la Ley N° 27806.
Finalmente cumplimos con remitir en CD lo solicitado en los numerales 1 y 3”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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