Resolución N.° 010308202020
30 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00845-2020-JUS/TTAIP de fecha 4 de setiembre de 2020, interpuesto por ROLANDO CONCHA LÓPEZ contra la Carta N° 217-2020-DGA-CR, remitida por correo electrónico de fecha 3 de setiembre de 2020, por la cual el CONGRESO DE LA REPÚBLICA atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública de fecha 3 de agosto de 2020 con Registro N° TZS200803.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de agosto de 2020, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
1) Se nos haga entrega del proyecto de Ley de creación de la Universidad Nacional Tecnológica de Huaral
2) En archivo EXCEL nombre, correo electrónico institucional del Congreso, y celular institucional entregado y pagado por el Congreso, de la secretaria y los asesores del Congresista Carlos Andrés Pérez Ochoa.
3) Teléfono y anexo de la oficina del congresista Carlos Andrés Pérez Ochoa.
Mediante Carta N° 217-2020-DGA-CR de fecha 1 de setiembre de 2020, notificada por correo electrónico en fecha 3 de setiembre de 2020, la entidad indicó que brindó respuesta a la referida solicitud mediante el Informe N° 538-2020-DRRHH-DGA/CR del Departamento de Recursos Humanos, el Informe N° 315-2020-DSG-DGA/CR del Departamento de Servicios Generales y el Oficio N° 168-2020-DTI-DGA-CR del Departamento de Tecnología de la Información, y adjuntos.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de agosto de 2020, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
1) Se nos haga entrega del proyecto de Ley de creación de la Universidad Nacional Tecnológica de Huaral
2) En archivo EXCEL nombre, correo electrónico institucional del Congreso, y celular institucional entregado y pagado por el Congreso, de la secretaria y los asesores del Congresista Carlos Andrés Pérez Ochoa.
3) Teléfono y anexo de la oficina del congresista Carlos Andrés Pérez Ochoa.
Mediante Carta N° 217-2020-DGA-CR de fecha 1 de setiembre de 2020, notificada por correo electrónico en fecha 3 de setiembre de 2020, la entidad indicó que brindó respuesta a la referida solicitud mediante el Informe N° 538-2020-DRRHH-DGA/CR del Departamento de Recursos Humanos, el Informe N° 315-2020-DSG-DGA/CR del Departamento de Servicios Generales y el Oficio N° 168-2020-DTI-DGA-CR del Departamento de Tecnología de la Información, y adjuntos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala