Resolución N.° 010306532020
29 de setiembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00041-2020-JUS/TTAIP de fecha 8 de enero de 2020, interpuesto por ROBERTO JOSÉ MORALES MUÑOZ contra la Carta N° EPG 697/2019, notificada el 20 de diciembre de 2019, mediante la cual la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro N° 14920 de fecha 9 de diciembre de 2019.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de diciembre de 2019, el recurrente solicitó a la entidad “(…) información sobre el apoyo económico y/o cualquier otro tipo de apoyo, incluido en especie, que ha brindado la Maestría en Agronegocios a la Facultad de Economía y Planificación, a la Dirección Académica de Gestión Empresarial y a la ADUNA, los montos, los conceptos otorgados y el sustento legal durante todo el año 2018 y 2019 (incluido hasta el día de 06.12.2019)”.
A través de la Carta N° EPG 697/2019 de fecha 20 de diciembre de 2019, el director de la Escuela de Posgrado de la entidad1 proporcionó al impugnante información sobre apoyos brindados por la Maestría en Agronegocios a la Facultad de Economía y Planificación, durante los años 2018 y 2019, desglosando dicha información por concepto, beneficiario y monto mensual. Añadió el referido director que la Central de la Escuela de Posgrado de la entidad no tiene conocimiento de gastos por apoyo a la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional Agraria (ADUNA)2.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de diciembre de 2019, el recurrente solicitó a la entidad “(…) información sobre el apoyo económico y/o cualquier otro tipo de apoyo, incluido en especie, que ha brindado la Maestría en Agronegocios a la Facultad de Economía y Planificación, a la Dirección Académica de Gestión Empresarial y a la ADUNA, los montos, los conceptos otorgados y el sustento legal durante todo el año 2018 y 2019 (incluido hasta el día de 06.12.2019)”.
A través de la Carta N° EPG 697/2019 de fecha 20 de diciembre de 2019, el director de la Escuela de Posgrado de la entidad1 proporcionó al impugnante información sobre apoyos brindados por la Maestría en Agronegocios a la Facultad de Economía y Planificación, durante los años 2018 y 2019, desglosando dicha información por concepto, beneficiario y monto mensual. Añadió el referido director que la Central de la Escuela de Posgrado de la entidad no tiene conocimiento de gastos por apoyo a la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional Agraria (ADUNA)2.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala