Resolución N.° 005695-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

27 de diciembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 04566-2024-JUS/TTAIP de fecha 25 de octubre de 2024, interpuesto por el CONSORCIO SOLUCIONES INTEGRALES RÍMAC, representado por Alberto Prieto Tome, en su condición de gerente de diseño, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES con fecha 27 de setiembre de 2024, mediante CAR-PS-CSIR-295-24, con registro T-471453-2024.
Con fecha 27 de setiembre de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó información en los siguientes términos:
“(…) solicitamos amablemente nos compartan información de vuestra administradora, FERROVIAS CENTRAL ANDINA S.A. respecto al tipo de mercancía de traslado, costos aproximados, días de paralización, tiempo de paralización, ubicación y longitud de tramos afectados, entre otros, en las cuales las vías Ferreras fueron afectadas por acciones de los fenómenos naturales (deslizamiento, inundaciones u otros) ocurridos durante los periodos del año 1996 hasta el año 2024, en los tramos que comprende desde el distrito de Lurigancho- Chosica hasta el Callao. Agradecemos nos envíe fotografías de los daños ocasionados por los eventos climatológicos a lo largo de la vía e información relevante como planos o memorias”. (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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