Resolución N.° 010306512020

29 de setiembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00797-2019-JUS/TTAIP de fecha 27 de agosto de 2020, interpuesto por MERY JEANETTE MIMBELA DIAZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública recepcionada por el SEGURO SOCIAL DE SALUD – ESSALUD con NIT N° 8960-2020-00347 de fecha 4 de agosto de 2020.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 4 de agosto de 20201 la recurrente formuló ante la entidad su solicitud de acceso a la información pública, requiriendo la entrega - vía correo electrónico – de la relación del personal médico, enfermeras, obstetras y tecnólogos médicos de la Red Prestacional Almenara, con vinculo laboral hasta el día 31 de julio de 2020, con los siguientes datos:

1) Nombres y apellidos.
2) Régimen laboral “(276, 728 y CAS)”.
3) Fecha de inicio de labores bajo el régimen laboral.
4) Establecimiento de salud.
5) Cargo.
6) Nivel.

Con fecha 25 de agosto de 2019, la recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud por no mediar respuesta dentro del plazo legal.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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