Resolución N.° 010302902020

4 de marzo de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01277-2019-JUS/TTAIP de fecha 19 de diciembre de 2019, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la Carta Nº 424-2019-SUNAFIL-SIAD/FREIP, mediante la cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL denegó su solicitud de acceso a información pública presentada el 2 de diciembre de 2019 con Hoja de Ruta Nº 153657-2019.

Con fecha 2 de diciembre de 2019, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia simple de "[t]odo Jo actuado en el expediente signado con Orden de Inspección Nº 3164-2019-SUNAFIUILM, seguido contra [la] Universidad Garcilaso de la Vega", señalando que, el poseedor de dicha información es la Autoridad Instructora 11- Intendencia Lima.

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