Resolución N.° 010302932020

4 de marzo de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01144-2019-JUSITTAIP de fecha 29 de noviembre de 2019, interpuesto por RAÚL ALBERTO ENRÍQUEZ HURTADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la
información pública de fecha 12 de setiembre de 20191, encausada al EJÉRCITO DEL PERÚ mediante, el Oficio Nº 00414-2019-MINDEF/SG-OAIP de la misma fecha.

Con fecha 12 de setiembre de 2019, el recurrente solicitó al Ministerio de Defensa la entrega vía correo electrónico de: "1. El Oficio Nº 259-COADNEF/Fuerte Belisario Suárez (Año 2016), y 2. Oficio Nº 431 T-11 .c.2/SINGEIDIGEDEHUME (23 de
diciembre de 2016)", documentos vinculados al campo de batalla en terreno en el distrito de Ancón.
Mediante el Oficio Nº 00414-2019-MINDEF/SG-OAIP de fecha 12 de setiembre de 2019, la Oficina de Acceso a la Información Publica del Ministerio de Defensa encausó a la entidad la solicitud formulada por el recurrente, por no ser competente para resolverla.

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