Resolución N.° 010302992020
5 de marzo de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00235-2020-JUS/TTAIP de fecha 11 de febrero de 2020, interpuesto por ROBERTO JOSÉ MORALES MUÑOZ1, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de sus solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE LA CANTUTA2 el 17 de enero de 2020.
Con fecha 17 de enero de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad:
"(. . .)
a) El acta de notas del curso de Derecho Empresarial (MAD-0105MI) que se dictó en el ciclo 2019-11 por Arturo Barrios Lázaro, en la Maestría con mención en Administración.
Con fecha 17 de enero de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad:
"(. . .)
a) El acta de notas del curso de Derecho Empresarial (MAD-0105MI) que se dictó en el ciclo 2019-11 por Arturo Barrios Lázaro, en la Maestría con mención en Administración.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala