Resolución N.° 010306102020

14 de setiembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00454-2020-JUS/TTAIP de fecha 13 de marzo de 2020, interpuesto por HAYDEE MARÍA BAUTISTA PORRAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N° 07 SAN BORJA con Registro AT2020-EXT-0014848 de fecha 12 de febrero de 2020.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de febrero de 2020 la recurrente solicitó a la Unidad de Gestión Educativa Local N° 07 San Borja “el certificado y/o informes de inspección técnica de seguridad en Defensa Civil del inmueble que ocupa la UGEL N° 07 en Av. Álvarez Calderón N° 492. Torres de Limatambo San Borja de los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014”.

Con fecha 28 de febrero de 2020 la recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis1, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.

Mediante la Resolución N° 0101046120202 se admitió a trámite el recurso impugnatorio presentado por la recurrente, solicitando a la entidad la remisión de sus descargos, sin que hasta la fecha haya llegado alegato alguno.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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