Resolución N.° 010306062020
11 de setiembre de 2020
VISTO el escrito de fecha 2 de diciembre de 2019 presentado por JORGE ARTURO PAZ MEDINA, referido al incumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 010305922019 de fecha 30 de setiembre de 2019, que declaró FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto contra la Carta N° 771-GRAAR-ESSALUD-2019 que deniega su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD el 28 de enero de 2019.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Que, mediante la Resolución N° 010305922019 de fecha 30 de setiembre de 2019, se resolvió declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el recurrente contra la Carta N° 771-GRAAR-ESSALUD-2019, por lo que este colegiado ordenó a la entidad la entrega de la información solicitada en los numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 10 y 11;
Que la Resolución N° 010305922019 antes referida, ordena en su artículo 1 la entrega de:
1. Su solicitud de fecha 19 de noviembre de 2018. hoja de ruta y su proveído, toda documentación que ha sido generada en este expediente.
2. Copia fedateada de la Caria N° 5874-GCGP-ESSALUD-2018, su hoja de ruta, proveídos e informe legal que conforma el expediente.
3. Informe elaborado por el doctor Juan Martínez Maraza y el documento con el que remitió al doctor Edilberto Salazar Zender el proyecto de la Carta N' 161-GRAAR-2019.
4. Informe elaborado por la Licenciada Susan Espinoza Villagomez y el documento con el que remitió al doctor Juan Martínez Maraza, así como que se le indique por orden de que autoridad consignó su visto bueno en el referido documento.
(…)
6. El documento o resolución emitida con motivo de su solicitud de fecha 7 de diciembre de 2018, respecto del impedimento del doctor Juan Martínez Maraza.
7. El documento o resolución emitida con motivo de su solicitud de fecha 7 de diciembre de 2018, respecto del impedimento de la licenciada Susan Espinoza Villagómez
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10) El documento con el que le solicitan al contador Pablo Salinas Valencia que elabore un informe y consigne su visto en la Carta N° 161-GRAAR-2019.
11) Copia fedateada de su solicitud de fecha 23 de julio de 2018 con NIT 1313-2018-194, hoja de ruta y su proveído, toda documentación que ha sido generada en este expediente.
Que, mediante la Carta 3870- GRAAR-ESSALUD-2019, de fecha 20 de noviembre de 2019, la entidad entrega al recurrente lo dispuesto mediante Resolución N° 0103059220191 y con fecha 2 de diciembre de 2019, el recurrente interpuso recurso de apelación solicitando la nulidad de la referida Carta N° 3870-GRAAR-ESSALUD-2019,
Que, mediante Oficio N°570-GRAAR-ESSALUD-2019 de fecha 6 de diciembre del 2019, la entidad comunicó y trasladó a esta instancia el recurso de apelación del recurrente contra la Carta 3870-GRAAR-ESSALUD-2019;
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Que, mediante la Resolución N° 010305922019 de fecha 30 de setiembre de 2019, se resolvió declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el recurrente contra la Carta N° 771-GRAAR-ESSALUD-2019, por lo que este colegiado ordenó a la entidad la entrega de la información solicitada en los numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 10 y 11;
Que la Resolución N° 010305922019 antes referida, ordena en su artículo 1 la entrega de:
1. Su solicitud de fecha 19 de noviembre de 2018. hoja de ruta y su proveído, toda documentación que ha sido generada en este expediente.
2. Copia fedateada de la Caria N° 5874-GCGP-ESSALUD-2018, su hoja de ruta, proveídos e informe legal que conforma el expediente.
3. Informe elaborado por el doctor Juan Martínez Maraza y el documento con el que remitió al doctor Edilberto Salazar Zender el proyecto de la Carta N' 161-GRAAR-2019.
4. Informe elaborado por la Licenciada Susan Espinoza Villagomez y el documento con el que remitió al doctor Juan Martínez Maraza, así como que se le indique por orden de que autoridad consignó su visto bueno en el referido documento.
(…)
6. El documento o resolución emitida con motivo de su solicitud de fecha 7 de diciembre de 2018, respecto del impedimento del doctor Juan Martínez Maraza.
7. El documento o resolución emitida con motivo de su solicitud de fecha 7 de diciembre de 2018, respecto del impedimento de la licenciada Susan Espinoza Villagómez
2
10) El documento con el que le solicitan al contador Pablo Salinas Valencia que elabore un informe y consigne su visto en la Carta N° 161-GRAAR-2019.
11) Copia fedateada de su solicitud de fecha 23 de julio de 2018 con NIT 1313-2018-194, hoja de ruta y su proveído, toda documentación que ha sido generada en este expediente.
Que, mediante la Carta 3870- GRAAR-ESSALUD-2019, de fecha 20 de noviembre de 2019, la entidad entrega al recurrente lo dispuesto mediante Resolución N° 0103059220191 y con fecha 2 de diciembre de 2019, el recurrente interpuso recurso de apelación solicitando la nulidad de la referida Carta N° 3870-GRAAR-ESSALUD-2019,
Que, mediante Oficio N°570-GRAAR-ESSALUD-2019 de fecha 6 de diciembre del 2019, la entidad comunicó y trasladó a esta instancia el recurso de apelación del recurrente contra la Carta 3870-GRAAR-ESSALUD-2019;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala