Resolución N.° 010306052020
11 de setiembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00229-2018-JUS/TTAIP de fecha 3 de julio de 2018, interpuesto por RAUL MARTIN RAMIREZ JARA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA con Expediente 08-2018-10179 de fecha 12 de marzo de 2018.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de marzo de 2018, el recurrente solicitó a la entidad que le informe por correo electrónico “Informar si la colaboradora Rocío Silupú Carrión recibió entre el 2009 y 2017 incrementos dentro de su categoría remunerativa o fue recategorizada”.
Con fecha 5 de abril de 2018, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio Nº 00194-2018-CG/GCOC1, ingresado a esta instancia el 3 de julio de 2018, la entidad elevó el recurso de apelación y otros documentos.
Posteriormente, a través del Oficio Nº 00264-2018-CG/GCOC de fecha 23 de julio de 2018, remitido a esta instancia con fecha 24 de julio de 2018, la entidad reitera que a través del Oficio Nº 00550-2018-CG/SGE atendió al recurrente y le entregó la información solicitada.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de marzo de 2018, el recurrente solicitó a la entidad que le informe por correo electrónico “Informar si la colaboradora Rocío Silupú Carrión recibió entre el 2009 y 2017 incrementos dentro de su categoría remunerativa o fue recategorizada”.
Con fecha 5 de abril de 2018, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio Nº 00194-2018-CG/GCOC1, ingresado a esta instancia el 3 de julio de 2018, la entidad elevó el recurso de apelación y otros documentos.
Posteriormente, a través del Oficio Nº 00264-2018-CG/GCOC de fecha 23 de julio de 2018, remitido a esta instancia con fecha 24 de julio de 2018, la entidad reitera que a través del Oficio Nº 00550-2018-CG/SGE atendió al recurrente y le entregó la información solicitada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala