Resolución N.° 002292-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01489-2024-JUS/TTAIP de fecha 1 de abril de 2024, interpuesto por HÉCTOR WILFREDO MONTOYA SÁNCHEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, con fecha 11 de marzo de 2024.
Con fecha 11 de marzo de 2024, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Copia digital del informe del estado situacional de las investigaciones realizadas o resultados de la precalificación o del procedimiento administrativo disciplinario del segundo semestre 2023, presentado a SERVIR por la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios UNMSM, en cumplimiento de la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00208-2023-SERVIR-PE”
Con fecha 1 de abril de 2024, el recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 001948-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 11 de marzo de 2024, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Copia digital del informe del estado situacional de las investigaciones realizadas o resultados de la precalificación o del procedimiento administrativo disciplinario del segundo semestre 2023, presentado a SERVIR por la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios UNMSM, en cumplimiento de la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00208-2023-SERVIR-PE”
Con fecha 1 de abril de 2024, el recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución N° 001948-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala