Resolución N.° 010306042020
11 de setiembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00198-2018-JUS/TTAIP de fecha 25 de junio de 2018, interpuesto por RAUL MARTIN RAMIREZ JARA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA con Expediente 08-2018-20652 de fecha 14 de mayo de 2018.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de mayo de 2018, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico el “Registro de control de visitas de Lorena Hurtado Ramírez a la sede central, Edif. P Bermúdez, ENC, TSRA y J. Prado en el período 01/08 al 31/12/2017. Solo se requiere sus ingresos (visitante)”.
Con fecha 6 de junio de 2018, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de mayo de 2018, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico el “Registro de control de visitas de Lorena Hurtado Ramírez a la sede central, Edif. P Bermúdez, ENC, TSRA y J. Prado en el período 01/08 al 31/12/2017. Solo se requiere sus ingresos (visitante)”.
Con fecha 6 de junio de 2018, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala