Resolución N.° 010305992020

4 de setiembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00632-2020-JUS/TTAIP de fecha 27 de julio de 2020, interpuesto por Jervy César Barrios Jáuregui apoderado de CANVAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA E.I.R.L. contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO con fecha 25 de febrero de 2020.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 25 de febrero de 2020 el recurrente solicitó a la Municipalidad Provincial de Huancayo copias fedateadas “1) Carta N° 153-2017/CCI-EIRL, de fecha 03 de julio de 2017 (de la empresa Canvar). 2) Informe N° 302-2017-MPH/GOP/CO/CAPG de fecha 04 de julio de 2017 (suscrito por el Ing. Cesar Pacheco Guerra). 3) Informe N° 054-2017-MPH/GOP-AEP-EMCC de fecha 06 de julio del 2017 (suscrito por el Ing. Eduardo Cortez Caballero). 4) Informe N° 536-2017-MPH/GOP-AEP de fecha 06 de julio de 2017 (suscrito por la Ing. Sheylla Tapia Jaime). 5) Memorando N° 8866-2017-MPH/GOP de fecha 07 de julio de 2017 (suscrito por el Arq. Hugo Santos Mucha). 6) Informe N° 054-2017-MPH/GOP-AEP-EMCC (suscrito por el Ing. Eduardo Cortez Caballero)”.

Habiendo omitido la entidad con proporcionar la información requerida en el plazo de ley, con fecha 27 de julio de 2020 el recurrente presentó ante este colegiado el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de
acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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