Resolución N.° 010305642020

19 de agosto de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00566-2020-JUS/TTAIP de fecha 14 de julio de 2020, interpuesto por RAÚL MARTÍN RAMIREZ JARA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA presentada con Expediente N° 08-2020-14215 de fecha 16 de mayo de 2020.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 16 de mayo de 2020 el recurrente solicitó a la entidad los “contratos que incluyan la prestación de servicios de telefonía móvil, terrestre o satelital, incluyendo términos de referencia y/o especificaciones técnicas, órdenes de compra y/o servicios, y comprobantes de pago”.

Con fecha 7 de julio de 2020 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.

Mediante la Resolución N° 0101052120201 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los mismos que al vencimiento del plazo de cuatro (4) días hábiles concedidos no fueron remitidos, alcanzándose en su lugar con fecha 17 de agosto de 2020, un escrito conteniendo una solicitud de prórroga de diez (10) días para el cumplimiento del envío del expediente administrativo y la presentación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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