Resolución N.° 010305612020
19 de agosto de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00615-2020-JUS/TTAIP de fecha 17 de julio de2020, interpuesto por JOAQUIN ERNESTO MARQUEZ VALDEZ, contra la respuesta contenida en el Oficio N° 02478-2020/SBN-DGPE-SDAPE notificado el 10 de julio de
2020, mediante el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES atendió la solicitud presentada por el recurrente con fecha 9 de marzo de 2020 (Reg. N° 06388).
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de marzo de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó:
• Se le brinde una respuesta motivada, suficiente, legal y con todo el acervo documentario que exista, con el fin de justificar las razones por las cuales el inmueble ubicado en la Av. Almirante Miguel Grau (Ex Buenos Aires) N° 230 Chucuito - Callao (MZ. C Lote 03 del Programa de Vivienda Barrio Fiscal N° 4) se encuentra inscrito a favor del Estado.
• Se le proporcione las comunicaciones alcanzadas a su padre el señor Andrés Antonio Márquez Guzmán, desde el año 1992 al 7 de diciembre de 1999, acreditando el cambio de titularidad de don Joaquín Márquez Albarracín al Estado.
En esa línea, en dicho documento el recurrente invoca a la normativa en materia de transparencia y acceso a la información pública, a efectos de que se le proporcione toda la documentación que ha justificado el accionar de la entidad.
2020, mediante el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES atendió la solicitud presentada por el recurrente con fecha 9 de marzo de 2020 (Reg. N° 06388).
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de marzo de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó:
• Se le brinde una respuesta motivada, suficiente, legal y con todo el acervo documentario que exista, con el fin de justificar las razones por las cuales el inmueble ubicado en la Av. Almirante Miguel Grau (Ex Buenos Aires) N° 230 Chucuito - Callao (MZ. C Lote 03 del Programa de Vivienda Barrio Fiscal N° 4) se encuentra inscrito a favor del Estado.
• Se le proporcione las comunicaciones alcanzadas a su padre el señor Andrés Antonio Márquez Guzmán, desde el año 1992 al 7 de diciembre de 1999, acreditando el cambio de titularidad de don Joaquín Márquez Albarracín al Estado.
En esa línea, en dicho documento el recurrente invoca a la normativa en materia de transparencia y acceso a la información pública, a efectos de que se le proporcione toda la documentación que ha justificado el accionar de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala