Resolución N.° 003864-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de setiembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03674-2024-JUS/TTAIP de fecha 26 de agosto de 2024, interpuesto por GASTON ROGER MORALES RAMOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS con fecha 8 de agosto de 2024, registrada con Expediente 2024-0048467.
Con fecha 8 de agosto de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1.- Copia del RECIBO DE PAGO efectuado el 13 de mayo del 2024, por el Código de Predio N° 76310.
2.- Copia que acredite la existencia del CODIGO DE PREDIO N° 76310.
Igualmente solicito información respecto a los valores que contiene el Estado de CUENTA CORRIENTE del Código de Contribuyente N° 906067, toda vez que como lo establece la RTF N° 806-2-99 son RESUMENES DE PAGO efectuados por el Contribuyente y los montos pendientes de pago o DEUDAS; y deben estar debidamente consolidados, expresar la verdad, ser susceptibles de ser auditados y ser prueba en acción judicial o administrativa, de los pagos y otros del Contribuyente, por lo que solicito:
3.- Copia del Comprobante de Pago, Resolución o Documento oficial de la MDCH que acredita los PAGOS de los ARBITRIOS del 2016, 2017 y del Primer Trimestre del 2018, y que determina que estos pagos no aparezcan como deuda del Contribuyente en el Estado de Cuenta Corriente.
4.- Copia de la o las Resoluciones de EJECUCIÓN COACTIVA y Copia de sus NOTIFICACIONES, referidas al Impuesto Predial del 2016, toda vez que, dicho acto administrativo aparece en el Estado de Cuenta Corriente
5.- Copia del Cálculo de la DEUDA del Impuesto Predial del 3er y 4to trimestre del 2023, que asciende según el Estado de Cuenta Corriente a S/ 1,258.81; toda vez que, el contribuyente pago el mismo 2023 mediante Declaración Jurada S/1,886.92 como el TOTAL de la DEUDA del Impuesto Predial 2023; pero además, si según la cartilla de la MDCH el Impuesto Predial ordinario del 2023 era de S/ 2,070.30.
Igualmente solicito información respecto a la INCAUTACIÓN y DEVOLUCIÓN de los fondos de la cuenta de ahorros del suscrito en el BCP, efectuadas mediante las Resoluciones de Ejecución Coactiva N° 4474 y 4475 - 2022, las mismas que el Tribunal Fiscal ordenó su devolución conforme a la RTF 02161-Q-2022 y otras.
6.- Copia del total de los Depósitos efectuados en el BCP por concepto de Devolución del total de lo INCAUTADO, mediante las Resoluciones de Ejecución Coactiva N° 4474 y 4475 del 2022.
7.- Copia del PAGO DE INTERESES por concepto de las incautaciones ilegales, efectuadas con Resoluciones de Ejecución Coactiva N° 4474 y 4475 del 2022” (sic).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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