Resolución N.° 003780-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03580-2024-JUS/TTAIP de fecha 20 de agosto de 2024, interpuesto por KRSNA CAITANYA DASA FERREIRA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA con fecha 22 de julio de 2024, registrada con código P7O3PG.
Con fecha 22 de julio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Todos los tipos de exámenes que se rindieron el domingo 21/07/2024 a razón de las convocatorias Nº 001, 002, 003, 004, 005 y 006-2024-SN/JNJ, así como las claves de las respuestas correctas.” (sic).
Con fecha 20 de agosto de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003404-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 21 de agosto de 2024, notificada a la entidad en fecha 10 de setiembre de 2024, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Con fecha 22 de julio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Todos los tipos de exámenes que se rindieron el domingo 21/07/2024 a razón de las convocatorias Nº 001, 002, 003, 004, 005 y 006-2024-SN/JNJ, así como las claves de las respuestas correctas.” (sic).
Con fecha 20 de agosto de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio
administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003404-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 21 de agosto de 2024, notificada a la entidad en fecha 10 de setiembre de 2024, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala