Resolución N.° 002484-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
31 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02063-2024-JUS/TTAIP de fecha 9 de mayo de 2024, interpuesto por DANILO SALAZAR SALCEDO1, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE CHINCHEROS2 con fecha 15 de abril de 2024.
Con fecha 15 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
Solicito Hoja de Ruta detallada del registro, recepción, derivación y otras acciones, del Expediente de Administrado nº 19337-2023 de la fecha 27/09/2023, hora de registro 15:15:11, en conformidad con el TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 27444 - LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL.
La hoja de ruta debe indicar, la fecha y hora de registro, la oficina de destino, la fase, el usuario que realizo la acción.
En cada etapa y/o oficina.” (sic)
El 9 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 15 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
Solicito Hoja de Ruta detallada del registro, recepción, derivación y otras acciones, del Expediente de Administrado nº 19337-2023 de la fecha 27/09/2023, hora de registro 15:15:11, en conformidad con el TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY N° 27444 - LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL.
La hoja de ruta debe indicar, la fecha y hora de registro, la oficina de destino, la fase, el usuario que realizo la acción.
En cada etapa y/o oficina.” (sic)
El 9 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala