Resolución N.° 002481-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

31 de mayo de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02053-2024-JUS/TTAIP de fecha 10 de mayo de 2024, interpuesto por MARIAN FIGUEROA ARELLANO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA con fecha 12 de abril de 2024, con Carta N° 02-2024.
Con fecha 12 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, con Carta N° 02-2024, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
Se nos proporciones toda la documentación del CUD 39020. relacionado a la exigencia del pago de la obra: Contrato N° 022-2021-MDCGAL (19.05.2021), derivado del Concurso Público Nº 001-2021-CS/MDCGAL PRIMERA CONVOCATORIA, para el servicio de consultoría de obra: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LA AV. ECOLOGICA Y AV. MUNICIPAL TRAMO AV. HUMBOLDT AV. ECOLOGICA AV. GREGORIO ALBARRACIN EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA - PROVINCIA DE TACNA-DEPARTAMENTO DE TACNA”. (sic)
El 10 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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