Resolución N.° 020304982020

23 de noviembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01066-2020-JUS/TTAIP de fecha 10 de marzo de 2020, interpuesto por YOSHIO YOSHIKI HUMBERTO TERAOKA MORENO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la
información pública presentada a la DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE HUANCAVELICA con fecha 18 de febrero de 2020.

Con fecha 18 de febrero de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“Solicitamos que se nos envíe una lista detallada de los Informes Técnicos Sustentatorios aprobados de acuerdo al Decreto Supremo Nº 054-213-PCM, que modifica un Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) o un Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM), en los últimos 5 años, precisando el número de la resolución y la fecha, las disposiciones, el titular del proyecto, distrito, provincia y departamento del proyecto”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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