Resolución N.° 020304742020
13 de noviembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 01180-2020-JUS/TTAIP de fecha 16 de octubre de 2020, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la comunicación de correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2020 que contiene la Carta N° 539-2020-JUS/OILC-TRANSP, mediante la cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS atendió su solicitud de acceso a la información pública de fecha 21 de setiembre de 2020.
Con fecha 21 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico el “LISTADO de apelaciones que el Tribunal de Transparencia ha conocido toda su existencia por mérito de recursos presentados por el RECURRENTE contra la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (no se pide copia del expediente, ni copia de las resoluciones)”.
Mediante comunicación de correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2020, que contiene la Carta N° 539-2020-JUS/OILC-TRANSP, la entidad adjuntó el Oficio N° 425-2020-JUS/TTAIP, anexo al cual remitió dos cuadros conteniendo una relación de expedientes cada uno, e indicando que no cuenta con ningún registro de recursos de apelación interpuestos por el recurrente contra la citada universidad en los años 2017 y 2018.
Con fecha 21 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico el “LISTADO de apelaciones que el Tribunal de Transparencia ha conocido toda su existencia por mérito de recursos presentados por el RECURRENTE contra la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (no se pide copia del expediente, ni copia de las resoluciones)”.
Mediante comunicación de correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2020, que contiene la Carta N° 539-2020-JUS/OILC-TRANSP, la entidad adjuntó el Oficio N° 425-2020-JUS/TTAIP, anexo al cual remitió dos cuadros conteniendo una relación de expedientes cada uno, e indicando que no cuenta con ningún registro de recursos de apelación interpuestos por el recurrente contra la citada universidad en los años 2017 y 2018.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala