Resolución N.° 020304622020
10 de noviembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 01131-2020-JUS/TTAIP de fecha 12 de octubre de 2020, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ARENAL mediante Carta Múltiple N° 035-2020/JRP con fecha 23 de setiembre de 2020.
Con fecha 23 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad remita virtualmente, la siguiente información:
“(…)
1. Padrón de beneficiarios de la canasta básica familiar, donde conste su nombre, y apellidos, tipo y cantidad de productos recibidos, fecha de recepción y firma.
2. Documento de requerimiento del área usuaria, que acredité la descripción y características técnicas de los productos requeridos.
3. Certificaciones emitidas para la adquisición de productos de la canasta básica familiar.
Con fecha 23 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad remita virtualmente, la siguiente información:
“(…)
1. Padrón de beneficiarios de la canasta básica familiar, donde conste su nombre, y apellidos, tipo y cantidad de productos recibidos, fecha de recepción y firma.
2. Documento de requerimiento del área usuaria, que acredité la descripción y características técnicas de los productos requeridos.
3. Certificaciones emitidas para la adquisición de productos de la canasta básica familiar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala