Resolución N.° 020303352020

29 de setiembre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00760-2020-JUS/TTAIP de fecha 21 de agosto de 2020, interpuesto por NATHALIE BETSY INGARUCA RUIZ contra la Carta Nº 16-2020-AMAG-AL de fecha 12 de agosto de 2020, emitida por la ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA mediante la cual denegó su solicitud de acceso a la información pública con Registro STD Nº 202000864 de fecha 30 de julio de 2020.

Mediante documento con Registro STD Nº 202000864 de fecha 30 de julio de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó: “(...) La resolución, informe, memorando, acuerdo, proveído de la Presidencia del Consejo Directivo, Dirección General, Secretaria Administrativa, Subdirección de Recursos Humanos, Subdirección de Contabilidad y Finanzas, Oficina de Tesorería por el cual se aprueba y se efectiviza el pago de la diferencial por la encargatura del la señora Margot Cuadros G. en mérito del Memorando Nº 185-2020-AMAG-DG. Memorando, Proveído u otro documento que se realizó el trámite para de pago de la diferencial de encargatura teniendo en cuenta que en el portal de transparencia de la AMAG señala el pago realizado desde el mes de abril a la fecha a la Sra. Cuadros García”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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