Resolución N.° 002894-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 02056-2024-JUS/TTAIP de fecha 10 de mayo de 2024, interpuesto por MANUEL JESÚS AGUILAR TIMANÁ, contra la CARTA N° 032-2024-ENSABAP-SG de fecha 18 de abril de 2024, mediante la cual la ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES DEL PERÚ atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha el 14 de marzo de 2024, con Expediente N° 2329.
Con fecha 14 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione:
“(...)
1. Expediente completo del proceso de ingreso directo elaborado por Centro Pre de Bellas Artes del ciclo 2024-0 (incluyendo detalle de resultados finales por finalistas e ingresantes).
2. Resultados del proceso de Admisión de los años 2022 y 2023 (ciclos regulares y ciclos intensivos de la CEPREBA).
3. Rúbrica de evaluación puesta en conocimiento a los postulantes finalistas, conforme los artículos 37 y 39 del Reglamento CEPREBA, referidos a los ciclos regulares e intensivos de los años 2022 y 2023, y ciclo intensivo 2024-0 del CEPREBA, por cada postulante finalista.” (sic)
Con fecha 14 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione:
“(...)
1. Expediente completo del proceso de ingreso directo elaborado por Centro Pre de Bellas Artes del ciclo 2024-0 (incluyendo detalle de resultados finales por finalistas e ingresantes).
2. Resultados del proceso de Admisión de los años 2022 y 2023 (ciclos regulares y ciclos intensivos de la CEPREBA).
3. Rúbrica de evaluación puesta en conocimiento a los postulantes finalistas, conforme los artículos 37 y 39 del Reglamento CEPREBA, referidos a los ciclos regulares e intensivos de los años 2022 y 2023, y ciclo intensivo 2024-0 del CEPREBA, por cada postulante finalista.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala