Resolución N.° 020303172020
23 de setiembre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00729-2020-JUS/TTAIP de fecha 14 de agosto de 2020, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la Carta N° 371-2020-JUS/OILC-TRANSP notificada mediante el correo electrónico de fecha 10 de agosto de 2020, a través de la cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 20 de julio de 2020.
Con fecha 20 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de la siguiente información, la cual precisa que podrá realizarse por correo electrónico:
“Que, por mérito de la Ley N° 27806, solicito acceso a la información pública de la absolución de consulta formulada por el recurrente entre febrero y abril 2017, la misma que, en su momento, fue derivada a la SUNARP, referida a la aplicación de la 7° Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo del Notariado.” [sic]
Mediante el correo electrónico de fecha 10 de agosto de 2020, la entidad remitió al recurrente la Carta N° 371-JUS/OILC-TRANSP, la misma que contiene el Oficio N° 511-2020-JUS/DGDNCR, emitido por la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria de la entidad y un anexo que consta las capturas de pantalla del Sistema de Gestión Documental sobre la búsqueda del documento solicitado. A través, del citado oficio la entidad comunicó al recurrente lo siguiente:
Con fecha 20 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de la siguiente información, la cual precisa que podrá realizarse por correo electrónico:
“Que, por mérito de la Ley N° 27806, solicito acceso a la información pública de la absolución de consulta formulada por el recurrente entre febrero y abril 2017, la misma que, en su momento, fue derivada a la SUNARP, referida a la aplicación de la 7° Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo del Notariado.” [sic]
Mediante el correo electrónico de fecha 10 de agosto de 2020, la entidad remitió al recurrente la Carta N° 371-JUS/OILC-TRANSP, la misma que contiene el Oficio N° 511-2020-JUS/DGDNCR, emitido por la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria de la entidad y un anexo que consta las capturas de pantalla del Sistema de Gestión Documental sobre la búsqueda del documento solicitado. A través, del citado oficio la entidad comunicó al recurrente lo siguiente:
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala