Resolución N.° 020301832020
6 de agosto de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00538-2020-JUS/TTAIP de fecha 10 de julio de 2020, interpuesto por RAÚL MARTÍN RAMÍREZ JARA contra la comunicación de correo electrónico de fecha 26 de junio de 2020 emitida por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA que atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública de fecha 24 de febrero de 2020, registrado como Expediente 08-20200008655.
Con fecha 24 de febrero de 2020, el recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad la remisión vía correo electrónico de contratos de locación de servicios y sus respectivos términos de referencia, contratos CAS y sus respectivos términos de referencia y/o contratos de trabajo, según corresponda, de Roxani Caballero Ycaza, Abel Azurín Día, Cristian Basurto Pérez, Erika Briceño Aliaga y Meyling Fernández Pichiling.
Mediante correo electrónico de fecha 26 de junio de 2020, la entidad atiende parcialmente la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, precisando que respecto a su pedido formulado en el punto 3; esto es órdenes de servicio de Cristian Basurto Pérez, se encuentra en trámite en la unidad orgánica que posee la información.
Con fecha 2 de julio de 2020, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la información proporcionada por la entidad es incompleta, señalando además que la entidad ha omitido proporcionar la documentación sobre las contrataciones CAS y laborales de los aludidos ciudadanos.
Con fecha 24 de febrero de 2020, el recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad la remisión vía correo electrónico de contratos de locación de servicios y sus respectivos términos de referencia, contratos CAS y sus respectivos términos de referencia y/o contratos de trabajo, según corresponda, de Roxani Caballero Ycaza, Abel Azurín Día, Cristian Basurto Pérez, Erika Briceño Aliaga y Meyling Fernández Pichiling.
Mediante correo electrónico de fecha 26 de junio de 2020, la entidad atiende parcialmente la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, precisando que respecto a su pedido formulado en el punto 3; esto es órdenes de servicio de Cristian Basurto Pérez, se encuentra en trámite en la unidad orgánica que posee la información.
Con fecha 2 de julio de 2020, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la información proporcionada por la entidad es incompleta, señalando además que la entidad ha omitido proporcionar la documentación sobre las contrataciones CAS y laborales de los aludidos ciudadanos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala