Resolución N.° 010305582020
17 de agosto de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00223-2018-JUS/TTAIP de fecha 3 de julio de 2018, interpuesto por RAÚL MARTÍN RAMÍREZ JARA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA con fecha 2 de abril de 2018.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 2 de abril de 2018, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la “(…) impresión de los proveídos por la tramitación del Memorando N° 2071-2017/CG/RH”.
El 18 de abril de 2018 el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud, en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio N° 00192-2018-CG/GCOC4, presentado a esta instancia el 3 de julio de 2018, la entidad elevó el presente recurso de apelación (Exp. 08-2018- 16050); asimismo, informó que a través del Oficio N° 547-2018-CG/SGE5, se atendió la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, señalando que lo requerido se remitió al “(…) correo electrónico señalado en su solicitud, sin que ello genere costo alguno”.
Mediante Resolución N° 0101049020206 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados mediante escrito ingresado a esta instancia el día 12 de agosto de 2020.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 2 de abril de 2018, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la “(…) impresión de los proveídos por la tramitación del Memorando N° 2071-2017/CG/RH”.
El 18 de abril de 2018 el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud, en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante el Oficio N° 00192-2018-CG/GCOC4, presentado a esta instancia el 3 de julio de 2018, la entidad elevó el presente recurso de apelación (Exp. 08-2018- 16050); asimismo, informó que a través del Oficio N° 547-2018-CG/SGE5, se atendió la solicitud de acceso a la información pública del recurrente, señalando que lo requerido se remitió al “(…) correo electrónico señalado en su solicitud, sin que ello genere costo alguno”.
Mediante Resolución N° 0101049020206 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados mediante escrito ingresado a esta instancia el día 12 de agosto de 2020.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala