Resolución N.° 002794-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
17 de junio de 2024
VISTO: El Expediente de Apelación N° 01897-2024-JUS/TTAIP de fecha 29 de abril de 2024, interpuesto por FLORENTINO ANGEL CHAMBILLA AYHUASI, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el Ministerio del Interior con fecha 3 de abril de 2024, con registro de expediente N° 2024-0022164, encausada a la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, mediante Oficio N° 000089-2024-IN-SG-AIP de fecha 3 de abril de 2024.
Con fecha 3 de abril de 2024, el Ministerio del Interior, encausa a la Policía Nacional del Perú, a través del Oficio N° 000089-2024-IN-SG-AIP, la solicitud presentada por el recurrente mediante la cual solicita se le remita la información siguiente:
“COPIA AUTENTICADA Y/O SIMPLE DE TODO EL LEGAJO PERSONAL DEL SUB OFICIAL PNP, EN SITUACION DE RETIRO, JORGE MANUEL NIEVES VELA, CON DNI: 07618293.”
Con fecha 29 de abril de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 002498-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de la emisión de la presente resolución no ha sido presentados.
Con fecha 3 de abril de 2024, el Ministerio del Interior, encausa a la Policía Nacional del Perú, a través del Oficio N° 000089-2024-IN-SG-AIP, la solicitud presentada por el recurrente mediante la cual solicita se le remita la información siguiente:
“COPIA AUTENTICADA Y/O SIMPLE DE TODO EL LEGAJO PERSONAL DEL SUB OFICIAL PNP, EN SITUACION DE RETIRO, JORGE MANUEL NIEVES VELA, CON DNI: 07618293.”
Con fecha 29 de abril de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 002498-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de la emisión de la presente resolución no ha sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala