Resolución N.° 000513-2022-JUS/TAIP-SEGUNDA SALA
7 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02810-2021-JUS/TTAIP de fecha 26 de noviembre de 2022, interpuesto por NICODEMUS GUZMAN CUEVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN registrada con Expediente E6792-2021 de fecha 18 de octubre de 2021.
Con fecha 18 de octubre de 2021, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo se le brinde la siguiente información:
“1. Copia de la declaración jurada de hoja de vida de Oscar Segundo Cervera Beraun para ocupar función pública (gerente municipal).
2. Copia de contrato laboral de Oscar Segundo Cervera Beraun (gerente municipal).
3. Copia de contrato de la obra ampliación, mejoramiento del servicio integral de seguridad ciudadana en el distrito de Yanahuanca.”
Mediante escrito de fecha 26 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 00414-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como
la formulación de sus descargos, sin que los mismos hayan sido remitidos hasta la fecha de emisión de la presente.
Con fecha 18 de octubre de 2021, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo se le brinde la siguiente información:
“1. Copia de la declaración jurada de hoja de vida de Oscar Segundo Cervera Beraun para ocupar función pública (gerente municipal).
2. Copia de contrato laboral de Oscar Segundo Cervera Beraun (gerente municipal).
3. Copia de contrato de la obra ampliación, mejoramiento del servicio integral de seguridad ciudadana en el distrito de Yanahuanca.”
Mediante escrito de fecha 26 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 00414-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como
la formulación de sus descargos, sin que los mismos hayan sido remitidos hasta la fecha de emisión de la presente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala