Resolución N.° 004363-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
19 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03435-2024-JUS/TTAIP de fecha 8 de agosto de 2024, interpuesto por el recurrente OCTAVIO ROJAS CABALLERO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD con fecha 4 de julio de 2024, con Hoja de Tramite N° 00057095-2024.
Con fecha 4 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega de la siguiente información:
“(…)
1. Todo documento, más ANTECEDENTES con sus ANEXOS de sustento/justificación, emitido por Autoridad competente de EsSalud, a favor de doña SANDRA ESTHER MOSTO OQUENDO, que acredita el Encargo/Designación en CARGO directivo y/o confianza como titular o por suplencia desde el año 2016 hasta la presente fecha, más llenado de Formulario Resumen adjunto; asimismo, copia Declaraciones Juradas de cargo del funcionario exigidas por la legislación aplicable en vigor.
2. Todo Contrato de Trabajo que establece los términos y condiciones de la relación laboral de la persona antes mencionada, más ANTECEDENTES con sus ANEXOS de sustento/justificación, desde el año 2016 por periodos continuos o no consecutivos hasta la presente fecha, según los puestos que haya ocupado en dicho período en la misma Entidad.
3. Todo documento presentado por el postulante al Concurso de Puesto/Ingreso, y los generados como propios de la «Fase de Convocatoria» (Certificación del Crédito Presupuestal, Aviso de Convocatoria, Bases del Concurso, Verificación Documental presentada, Inscripción del postulante y demás aplicados) y sobre la calificación y resultados en las etapas de la «Fase de Selección» (Certificados de Estudio y/o Grado Académico, Calificación Curricular del Postulante, prueba de Actitud y/o Conocimiento, Entrevista Personal y Resultados, el Cuadro de Méritos y su publicación, y demás información concernida complementaria).” (sic)
El 8 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, solicitando se declare fundado su recurso impugnatorio en todos sus extremos y ordene la entrega de la información pública solicitada.
Con fecha 4 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega de la siguiente información:
“(…)
1. Todo documento, más ANTECEDENTES con sus ANEXOS de sustento/justificación, emitido por Autoridad competente de EsSalud, a favor de doña SANDRA ESTHER MOSTO OQUENDO, que acredita el Encargo/Designación en CARGO directivo y/o confianza como titular o por suplencia desde el año 2016 hasta la presente fecha, más llenado de Formulario Resumen adjunto; asimismo, copia Declaraciones Juradas de cargo del funcionario exigidas por la legislación aplicable en vigor.
2. Todo Contrato de Trabajo que establece los términos y condiciones de la relación laboral de la persona antes mencionada, más ANTECEDENTES con sus ANEXOS de sustento/justificación, desde el año 2016 por periodos continuos o no consecutivos hasta la presente fecha, según los puestos que haya ocupado en dicho período en la misma Entidad.
3. Todo documento presentado por el postulante al Concurso de Puesto/Ingreso, y los generados como propios de la «Fase de Convocatoria» (Certificación del Crédito Presupuestal, Aviso de Convocatoria, Bases del Concurso, Verificación Documental presentada, Inscripción del postulante y demás aplicados) y sobre la calificación y resultados en las etapas de la «Fase de Selección» (Certificados de Estudio y/o Grado Académico, Calificación Curricular del Postulante, prueba de Actitud y/o Conocimiento, Entrevista Personal y Resultados, el Cuadro de Méritos y su publicación, y demás información concernida complementaria).” (sic)
El 8 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, solicitando se declare fundado su recurso impugnatorio en todos sus extremos y ordene la entrega de la información pública solicitada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala