Resolución N.° 003401-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de agosto de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02883-2024-JUS/TTAIP de fecha 1 de julio de 2024, interpuesto por GIULIANA CACCIA ARANA contra el contenido del correo electrónico de fecha 26 de junio de 2024, a través del cual la BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 11 de junio de 2024.
Con fecha 11 de junio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la remisión de la siguiente información:
“1. Facturas y boletas emitidas desde 1 de abril de 2024 hasta el 11 de junio de 2024 por el servicio de transcripción en Braille de los textos para empresas que brindan servicios de restauración y servicios turísticos. 2. Nombres completos de las personas asignadas a ejecutar el servicio de transcripción en Braille de los textos para empresas que brindas servicios de restauración y servicios turísticos.
También, el contrato de locación de servicios" o el contrato CAS, o el memorandum del personal nombrado derivado a este servicio” (sic).
Con fecha 11 de junio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la remisión de la siguiente información:
“1. Facturas y boletas emitidas desde 1 de abril de 2024 hasta el 11 de junio de 2024 por el servicio de transcripción en Braille de los textos para empresas que brindan servicios de restauración y servicios turísticos. 2. Nombres completos de las personas asignadas a ejecutar el servicio de transcripción en Braille de los textos para empresas que brindas servicios de restauración y servicios turísticos.
También, el contrato de locación de servicios" o el contrato CAS, o el memorandum del personal nombrado derivado a este servicio” (sic).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala