Resolución N.° 003457-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

27 de agosto de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02171-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de mayo de 2024 interpuesto por OSWALDO ENRIQUE FAVERÓN PATRIAU contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ - DIRECCIÓN GENERAL DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS con fecha 22 de abril de 2024.

Con fecha 22 de abril de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Aprovecho la oportunidad para saludarlo y a la vez al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Ley 27806, solicito a usted la siguiente información:
1. Copia del documento N° 292339 emitido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas a la Capitanía de Puerto de Pisco el 7 de agosto del 2023.
2. Copia del documento original con el cual la DGCG determinó que de conformidad y/o aplicación del artículo 4º del TUO LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL aprobada con el DECRETO SUPREMO N° 017-93-JUS se suspendían las solicitudes administrativas (en este caso los expedientes, N° 10406 y N 10407, del 8 de agosto del 2022 de la Capitanía de Puerto de Callao).
3. Copia del documento original con el cual la DGCG determinó que de conformidad y/o aplicación del artículo 4 del TUO LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL aprobada con el DECRETO SUPREMO N 017-93-JUS se suspendían las solicitudes administrativas (en este caso los procedimientos del TUPAM, C-22 y C-24).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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