Resolución N.° 010308832019

23 de diciembre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación N" 00993-2019-JUS/TTAIP de fecha 7 de noviembre de 2019, interpuesto por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES AUTORIZADOS Y REGULADOS DE LIMA METROPOLITANA, representada por su presidente Mauro
Mena Estrella, contra la Carta N° 3443-2019-MML/SGC-FREÍ notificada por correo electrónico de fecha 22 de octubre del presente año, mediante la cual la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA atendió su solicitud de acceso a la información pública registrada con Número de Expediente 352739-2019 de fecha 14 de octubre de 2019.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de octubre de 2019, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la asociación recurrente solicitó "si existe resoluciones que ordenan incorporar a los comerciantes regulados al padrón municipal o al SISCOM, De existir dichas resoluciones, solicito copia simple de cada uno de ellos".

Mediante la Carta N° 3443-2019-MML/SGC-FREI notificada por correo electrónico el 22 de octubre del presente año, la entidad comunicó a dicha asociación que su "solicitud resulta imprecisa, toda vez que, no ha señalado la numeración de los
citados documentos requeridos y/o el año al que corresponden, menos aún la materia a la que se encuentran relacionados".

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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