Resolución N.° 001976-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01393-2024-JUS/TTAIP de fecha 27 de marzo de 2024, interpuesto por MARIO MIGUEL CERNA ROMERO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL VICTOR RAMOS GUARDIA - HUARAZ con fecha 5 de marzo de 2024.
Con fecha 5 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que le remita la siguiente documentación:
“- Documentación sustentatoria relacionado al descuento de 9 compañeros de trabajo administrativo afiliados al SINTRAA, por Huelga llevada acabo el día 05 de setiembre de 2023, ejecutado en el mes de febrero del presente año”. (sic)
Con fecha 26 de marzo de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001539-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 00980-2024-GRA-DIRES-A-H”VRG”-Hz/UAJ/Dir. Ejec ingresado con fecha 21 de mayo de 2024, la entidad remitió el Informe Técnico N° 12-2023-GRA-DIRES-A-H”VRG”HZ/UZ de fecha 17 de mayo de 2024, emitido por el Jefe de la Unidad de Personal, en cuyas conclusiones se consigna lo siguiente:
Con fecha 5 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que le remita la siguiente documentación:
“- Documentación sustentatoria relacionado al descuento de 9 compañeros de trabajo administrativo afiliados al SINTRAA, por Huelga llevada acabo el día 05 de setiembre de 2023, ejecutado en el mes de febrero del presente año”. (sic)
Con fecha 26 de marzo de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001539-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio N° 00980-2024-GRA-DIRES-A-H”VRG”-Hz/UAJ/Dir. Ejec ingresado con fecha 21 de mayo de 2024, la entidad remitió el Informe Técnico N° 12-2023-GRA-DIRES-A-H”VRG”HZ/UZ de fecha 17 de mayo de 2024, emitido por el Jefe de la Unidad de Personal, en cuyas conclusiones se consigna lo siguiente:
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala