Resolución N.° 010307552019
12 de noviembre de 2019
VISTO el Expediente de Apelación N° 00835-2019-JUS/TTAIP de fecha 4 de octubre de 2019, interpuesto por KARINA NATIVIDAD VARGAS TERRONES contra la Carta N° 0362- 2019-0600-SG/MSI, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO denegó su solicitud de acceso a información pública presentada el 9 de septiembre de 2019 con Registro de Expediente N° 398052.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de septiembre de 2019, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la Municipalidad Distrital de San Isidro que le entregue, en copla simple y disco compacto u otro soporte electrónico, los correos electrónicos intercambiados por exfuncionarios públicos de la entidad y entre estos y la abogada Milagros Maraví\ a los que un reportaje periodístico hizo referencia para denunciar untas irregularidades en el proceso de concesión del servicio de bicicleta pública en distrito de San Isidro, a cargo de la gestión municipal 2015-2018.
Mediante la Carta N° 0362-2019-0600-SG/MSI, notificada el 25 de septiembre de 2019, la entidad adjuntó a la solicitante el Memorándum N® 399-2019-10.00-GTIC/MSI, emitido por su Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, en la que señaló que esconocía la procedencia y existencia de los correos solicitados, debido a que no contaba con una versión oficial del reportaje periodístico aludido.
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de septiembre de 2019, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la Municipalidad Distrital de San Isidro que le entregue, en copla simple y disco compacto u otro soporte electrónico, los correos electrónicos intercambiados por exfuncionarios públicos de la entidad y entre estos y la abogada Milagros Maraví\ a los que un reportaje periodístico hizo referencia para denunciar untas irregularidades en el proceso de concesión del servicio de bicicleta pública en distrito de San Isidro, a cargo de la gestión municipal 2015-2018.
Mediante la Carta N° 0362-2019-0600-SG/MSI, notificada el 25 de septiembre de 2019, la entidad adjuntó a la solicitante el Memorándum N® 399-2019-10.00-GTIC/MSI, emitido por su Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, en la que señaló que esconocía la procedencia y existencia de los correos solicitados, debido a que no contaba con una versión oficial del reportaje periodístico aludido.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala